Desde el próximo 7 de marzo de 2022 todas las empresas de más de 50 personas trabajadoras en su plantilla tendrán que elaborar un plan de igualdad
En las empresas de más de 50 personas trabajadoras también será obligatorio:
- Realizar una auditoría retributiva, tal y como está establecido en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.
- Mantener actualizado el registro retributivo, que tiene que ser renovado anualmente según establece el Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
Y tener elaborado un protocolo de prevención frente al acoso sexual y por razón de sexo como se indica en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. En este caso no sólo será obligatorio tener el mencionado protocolo, sino también haber sensibilizado a toda la plantilla en este aspecto.
El incumplimiento de cualquiera de ellas puede conllevar sanciones de entre 626 y 187.000€, dependiendo del grado de incumplimiento:
- No haber realizado el plan de igualdad, la auditoría y/o el registro en el periodo estipulado por la legislación;
- No tener el registro salarial actualizado con los datos del año natural anterior;
- No tener elaborado el protocolo de prevención frente al acoso sexual y/o por razón de sexo, o no haber sensibilizado a la plantilla.
Las empresas que no lleguen a 50 personas trabajadoras tendrán que asegurar la no discriminación por sexo o género. Para ello se disponen dos herramientas:
- El registro retributivo que debe renovarse anualmente con los datos del año natural anterior.
- El protocolo de prevención frente al acoso sexual y por razón de sexo, con su consiguiente información y sensibilización a la plantilla.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.