Con el tema de la crisis, ha surgido la opción de que su empresa pueda adquirir una empresa competidora cuya base imponible es negativa (BIN) y está sujeta a compensación, lo que implica que por tanto, debe saber cómo debe actuar para poder deducir la base negativas de ejercicios anteriores.
Sociedad con bases negativas:
Adquirir participaciones: su empresa va a adquirir una empresa que ha declarado pérdidas en los últimos años y por tanto, tiene una base imponible negativa (BIN). Por lo que con algunos cambios, la empresa volverá a ser rentable y no tendrá que pagar impuestos sobre ella porque podrá compensar su base negativa acumulada. Pero eso no es todo, hay que ir con cuidado ya que cuando una empresa tiene BIN pendientes cambia de propietario, puede haber restricciones para compensar los BIN mencionados anteriormente.
Porcentaje de compra: en concreto, si usted o su empresa (ya sea por sí solo, con otras personas o entidades vinculadas) ha adquirido más del 50% de las participaciones de una empresa con base negativa y durante el período en el que se genera la pérdida no participaron en la empresa o menos del 25%, las restricciones anteriores pueden aplicarse a ellos.
Restricciones a la compensación:
Supuestos: si se cumplen los requisitos anteriores, el BIN de la empresa adquirida no será compensado si ocurre alguna de las siguientes situaciones:
– Inactividad: cuando tres meses antes de la compra, la empresa no realizó ninguna actividad económica. Si se encuentra en esta situación, lo mejor es aconsejar al vendedor que reinicie sus actividades antes de la venta oficial de las participaciones.
– Patrimonial: cuando más del 50% de los activos de la empresa no se utilizan en actividades económicas (por lo que la empresa tiene el carácter de patrimonial). Por lo tanto, antes de comprar las participaciones, es importante analizar el balance de la empresa y verificar que este supuesto no se aplique.
– No declarar: cuando la empresa ha dejado de presentar autoliquidaciones del Impuesto sobre Sociedades en los últimos tres ejercicios. Solicite dicha declaración antes de comprar.
Nuevas actividades: la cuarta circunstancia también evitará la compensación de base negativa. Si se cumplen los siguientes requisitos, el BIN anterior no será compensado.
- El primero: si después de la adquisición de la empresa, se lanzó una nueva actividad con un CNAE diferente a un nivel de tres dígitos (incluso si el nuevo evento se combina con el evento anterior).
- El segundo: si la facturación neta de nuevas actividades en los dos años posteriores a la adquisición supera el 50% de la facturación medida de la empresa correspondiente en los dos años anteriores a la adquisición.
Cautela: por lo tanto, si decide adquirir una empresa, no inicie ninguna actividad nueva en los dos primeros años después de la adquisición. Si lo hace, asegúrese de que sus ventas no excedan los límites enumerados anteriormente.
Sólo cuando entran nuevos socios: tenga en cuenta que las restricciones de compensación sólo serán efectivas si la persona que adquiere la participación mayoritaria no era un socio (o posee el 25% de las acciones). Por lo tanto, su responsabilidad ante la otra parte en una empresa con dos socios al 50% no estará sujeta a estas restricciones.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.