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Autónomo colaborador: nómina, remuneración y modelos

El autónomo colaborador es un familiar que trabaja en el negocio y está dado de alta en el RETA. Aunque es autónomo, su tratamiento fiscal tiene particularidades.

¿Debe tener nómina?

No es obligatoria en sentido estricto, pero sí es la forma más recomendable.

  • No emite facturas.
  • Cobra como rendimiento del trabajo.
  • Se le aplica retención de IRPF. No lleva IVA.

En la práctica, se le paga mediante nómina o un documento similar para justificar el gasto.

Remuneración: dudas clave

¿Puede cobrar cualquier cantidad?
Sí, pero debe ser razonable y acorde al trabajo.

¿Tiene que cobrar todos los meses?
No es obligatorio, pero sí recomendable hacerlo mensual.

¿Puede no cobrar?
No es aconsejable. Puede generar problemas con Hacienda.

¿Cómo fijar el sueldo?
Según funciones, horas y mercado. Lo importante es que sea coherente y justificable.

Modelos fiscales

Autónomo colaborador:

Solo hace la declaración de la renta

Autónomo titular:

  • Modelo 111 (retenciones IRPF)
  • Modelo 190 (resumen anual)

La nómina no es obligatoria, pero sí la opción más segura y ordenada para pagar a un autónomo colaborador y evitar problemas con Hacienda.

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