Octubre es uno de los meses más importantes del calendario fiscal para autónomos y empresas. Con el cierre del tercer trimestre de 2026 llega el momento de revisar la facturación de julio, agosto y septiembre y preparar las principales declaraciones tributarias.
El plazo para buena parte de estas obligaciones finaliza el 20 de octubre de 2026, aunque es recomendable no esperar a los últimos días, especialmente cuando las declaraciones resultan a ingresar o necesitamos revisar documentación pendiente.
En Parima Servicios Empresariales repasamos las principales obligaciones fiscales que debes tener en cuenta este mes.
¿Qué impuestos se presentan en octubre de 2026?
Las obligaciones dependerán de la actividad desarrollada, del régimen fiscal y de las operaciones realizadas por cada autónomo o empresa. Estos son algunos de los modelos trimestrales más habituales.
Modelo 303: IVA del tercer trimestre
El modelo 303 es una de las declaraciones más importantes de octubre. A través de él se realiza la autoliquidación del IVA correspondiente a las operaciones realizadas durante julio, agosto y septiembre de 2026.
Con carácter general, se calcula la diferencia entre el IVA repercutido en las facturas emitidas y el IVA soportado deducible de las facturas recibidas.
La presentación del modelo 303 correspondiente al tercer trimestre puede realizarse del 1 al 20 de octubre de 2026. La AEAT establece con carácter general este mismo periodo para las autoliquidaciones trimestrales de IVA.
Antes de preparar la declaración es importante comprobar que se han entregado a la asesoría todas las facturas de ingresos y gastos del trimestre.
Modelo 130: pago fraccionado del IRPF
Los autónomos que desarrollan actividades económicas en estimación directa y están obligados a realizar pagos fraccionados presentan el modelo 130.
En octubre corresponde declarar el tercer trimestre de 2026, teniendo en cuenta los ingresos y gastos acumulados según las reglas aplicables a este pago fraccionado.
El plazo finaliza el 20 de octubre de 2026.
Modelo 131: autónomos en módulos
Los contribuyentes que desarrollen determinadas actividades acogidas al régimen de estimación objetiva, conocido habitualmente como módulos, utilizan el modelo 131 para realizar sus pagos fraccionados de IRPF.
El tercer trimestre también debe presentarse hasta el 20 de octubre.
Modelo 111: retenciones de trabajadores y profesionales
Las empresas y autónomos que hayan satisfecho durante el trimestre determinadas rentas sujetas a retención, como nóminas de trabajadores o facturas de profesionales, pueden estar obligados a presentar el modelo 111.
En octubre se declara el correspondiente al tercer trimestre de 2026, con fecha límite general del 20 de octubre. Tributaria
Modelo 115: retenciones por alquileres
Si una empresa o autónomo desarrolla su actividad en un inmueble alquilado cuya renta está sometida a retención, normalmente tendrá que presentar el modelo 115.
En este modelo se ingresan en Hacienda las retenciones practicadas sobre los alquileres correspondientes al trimestre.
El modelo 115 del tercer trimestre de 2026 también tiene como fecha límite el 20 de octubre.
Modelo 349: operaciones intracomunitarias
Las empresas y profesionales que realizan determinadas operaciones con empresarios o profesionales de otros países de la Unión Europea pueden tener que presentar el modelo 349, declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
La AEAT incluye entre las obligaciones con vencimiento el 20 de octubre el modelo 349 correspondiente al tercer trimestre de 2026, para aquellos contribuyentes cuya periodicidad sea trimestral.
Modelo 202: segundo pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades
Octubre también es un mes importante para determinadas sociedades.
Las empresas obligadas a realizar pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades deberán presentar el modelo 202, correspondiente al segundo pago fraccionado del ejercicio.
El plazo de presentación finaliza igualmente el 20 de octubre de 2026.
¿Qué documentación conviene preparar?
Para evitar incidencias y declaraciones de última hora, es recomendable tener preparada con antelación la documentación correspondiente a los meses de julio, agosto y septiembre.
Conviene revisar especialmente las facturas emitidas y recibidas, gastos relacionados con la actividad, nóminas y facturas de profesionales con retención, alquileres, operaciones realizadas con empresas de otros países de la Unión Europea y cualquier operación extraordinaria que pueda tener repercusión fiscal.
También es un buen momento para comprobar que la contabilidad y la facturación coinciden y que no existen facturas pendientes de registrar.
No esperes al 20 de octubre
Aunque muchas de las principales declaraciones pueden presentarse hasta el 20 de octubre, cuando el resultado es a ingresar y se quiere utilizar la domiciliación bancaria, el plazo puede finalizar antes. Por ejemplo, la AEAT establece para determinados pagos trimestrales domiciliados un plazo que llega hasta el 15 de octubre.
Por este motivo, recomendamos facilitar la documentación a la asesoría con suficiente antelación.
Octubre: un buen momento para revisar la situación fiscal de tu negocio
El cierre del tercer trimestre no debería limitarse únicamente a presentar impuestos.
Revisar los resultados acumulados del año permite detectar posibles desviaciones, comprobar la evolución de ingresos y gastos y anticipar el impacto fiscal del cierre del ejercicio.
Quedan únicamente tres meses para terminar 2026, por lo que octubre es un buen momento para revisar la situación fiscal y contable de la empresa o actividad profesional y comenzar a planificar el cierre del año.
En Parima nos encargamos de tus obligaciones fiscales
En Parima Servicios Empresariales ayudamos a autónomos y empresas con su gestión fiscal y contable durante todo el año.
Nos encargamos de preparar y presentar las declaraciones correspondientes, revisar la documentación y realizar el seguimiento de las principales obligaciones tributarias para que cada presentación se realice correctamente y dentro de plazo.
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