Sí puedes darte de alta en Hacienda sin darte de alta en la Seguridad Social como autónomo, pero dependerá del tipo y volumen de actividad que vayas a realizar.
Debes darte de alta en Hacienda (modelo 036 o 037)
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Es obligatoria si vas a realizar cualquier actividad económica, aunque sea de forma esporádica o puntual.
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Sirve para declarar tu inicio de actividad y obtener tu NIF fiscal como profesional o empresario.
Sólo es posible sólo si tu actividad económica es esporádica, tramitando alta y baja en el momento de la venta del bien o de la prestación del servicio y presentando los correspondientes impuestos. Si desarrollas la actividad económica de forma habitual, entonces es obligatorio el alta como autónomo (RETA) en Seguridad Social.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
