MAS AYUDAS CONTRA LA DANA
1º DECRETO 10.600 MILL €
2º DECRETO 3.765 MILL € -MAS AYUDAS PARA VIVIENDAS -AMPLIACION ERTE -PLAN CONTRA EL LODO
MEDIDAS CONTENIDAS EN EL RD/LEY 6/2024 PARA LA RESPUESTA ANTE LOS DAÑOS CAUSADOS POR LA DANA
AYUDAS DAÑOS PERSONALES Y MATERIALES
-Indemnizaciones por daños personales: Se establecen ayudas económicas para los familiares de víctimas mortales y para quienes hayan sufrido incapacidades graves derivadas de la catástrofe.
Cuantía Máxima: 72.000€
-Reparación de infraestructuras y bienes públicos: Las entidades locales recibirán subvenciones específicas para reconstruir carreteras, puentes, redes de suministro eléctrico sistemas de agua potable y otros servicios esenciales dañados.
-Reparación de viviendas y establecimientos: Se habilitan fondos para la restauración de viviendas afectadas y locales comerciales e industriales priorizando a pequeñas y medianas empresas.
.Por destrucción total de la vivienda: Cuantía Máxima: 60.480€
.Por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual: Cuantía Máxima: 41.280€
.Por daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual: Cuantía Máxima:20.640€
.Por destrucción o daños de enseres domésticos de primera necesidad: Cuantía Máxima:10.320€
MEDIDAS LABORALES PARA PROTEGER A LOS TRABAJADORES LAS ZONAS ASOLADAS POR LA RIADA DEL MARTES 29 DE OCTUBRE
El nuevo Decreto recogerá medidas como los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP).
Podrán acogerse:
.Empresas radicadas en las zonas sacudidas por la Dana, y aquellas que justifiquen que su actividad se ha visto afectada por el temporal.
.Trabajadores incluidos en ERTE que vean reducida su jornada laboral o suspendido su contrato de trabajo por la Dana, tienen derecho a una prestación contributiva del 70% de la base reguladora, que no exige un periodo previo de cotización y tampoco consume periodos cotizados.
.La empresas en ERTE estarán exoneradas del pago del 100% de las cotizaciones al menos hasta el 28 de febrero de 2025.
.Prestaciones por cese de actividad: Los Autónomos que hayan cesado su actividad debido a la DANA podrán acceder a esta prestación sin necesidad de acreditar los requisitos habituales mínimos de cotización.
PAQUETE DE AYUDAS “ESCUDO LABORAL”
-Permiso retribuido con el 100% del salario, cuando los trabajadores tengan que atender a las tareas de búsqueda de sus familiares desaparecidos o hacerse cargo del fallecimiento de los mismos.
Permiso retribuido con el 100% del salario como consecuencia de la pérdida de sus viviendas o enseres, no estén en disposición de acudir al trabajo o teletrabajar a distancia por falta de dispositivos o cobertura.
Prestación extraordinaria para empleados de hogar del 70% de la base reguladora, sin necesidad de reunir un periodo mínimo de cotización y sin consumo de cotizaciones.
Créditos blandos a devolver en 5 o 7 años.